19/04/2021

CIRCULAR N° 4 -2021


Estimados Productores inscriptos dentro del marco del Sistema de Trazabilidad del Paraguay, a fin de contribuir a una mejor gestión operativa cumplimos en recordar los siguientes puntos:

Ø  Por Resolución SENACSA N°1804/2020:

·         Está prohibido el embarque de animales con dispositivo de identificación tipo tarjeta color blanco para faena con destino a la U.E.

·         Solo podrán ser embarcados para faena con destino a la U.E. los animales con dispositivos de identificación tipo tarjeta o botón amarillo o tipo tarjeta color naranja.

·         Queda prohibido el embarque de animales con dispositivos de identificación color blanco conjuntamente con animales con dispositivos de identificación tipo tarjeta o botón amarillo o tipo tarjeta color naranja. El incumplimiento de esta disposición ocasionara la perdida de la elegibilidad de toda la tropa para faena con destino a la U.E.

Ø  Por Resolución SENACSA N° 635/2020:

·         Por lo cual se aprueban modificaciones al Reglamento SITRAP, en su cuarta versión, inherentes al Sistema de Registro, Expendio y Control del uso de los productos de uso veterinario que contengan en su formulación el 17 beta estradiol y sus ésteres.

·         Implementar el uso obligatorio del Formulario de Sanitación, Suplementación Integral y Reproducción – Anexo B (FOR-GEN-015), aprobado por la Resolución SENACSA N° 633/2020.

·         Disponer que los animales bovinos, en la categoría VACAS y VAQUILLAS, que hayan sido adquiridos de un establecimiento NO SITRAP, por parte de un establecimiento SITRAP, mediante el documento “Declaración Jurada del Proveedor (DJP)”, sean identificados con caravanas tipo TARJETA, COLOR BLANCO como NO CERTIFICABLE.

Ø  Tratamientos Sanitarios de Suplementación Integral y Reproductivos:

·        Todos los Tratamientos Sanitarios de Suplementación Integral y Reproductivos deberán ser registrados en la Planilla de Sanitación, Suplementación Integral y Reproducción (FOR-GEN-015) y deberá ser remitido del 1 al 15 de cada mes, a la Oficina de Registros de Establecimientos Ganaderos para Exportación.

·        Los Tratamientos con 17 Beta Estradiol y sus ésteres, deberán ser registrados en la Planilla de Sanitación, Suplementación Integral y Reproducción (FOR-GEN-015) ANEXO B. La misma debe ser remitida dentro de los primeros 10 días de su aplicación a la Oficina de Registros de Establecimientos Ganaderos para Exportación. En caso de que la planilla cuente con Notificación de Error / Asuntos Varios – FOR-GEN-018, las categorías de VAC y/o VAQ serán determinados como NO ELEGIBLES hasta tanto se subsane el error.

Ø  Formularios:

A partir del mes de Marzo 2021, serán recepcionadas los Formularios que cuentan con las revisiones vigentes, según se detalla a continuación:

·        Formulario de Conformidad del M.V.P. – (FOR-GEN-063) Revisión: 03.

·        Formulario de Declaración Jurada del Proveedor – DJP – (FOR-GEN-016) Revisión: 08.

·        Formulario de Comunicación de Tratamientos Sanitarios, de Suplementación Integral y/o Reproductivo entre Establecimientos Ganaderos SITRAP – CTES – (FOR-GEN-060) Revisión: 02.

Ø  Servicios:

Para acceder a los servicios que presta esta Oficina, no debe contar con Liquidaciones pendientes de pago.

A fin de aclarar sus dudas, solicitamos se comunique a nuestra Oficina    (021 760 309/ 760 159).

Los pagos de obligaciones y formularios podrán ser realizados mediante transferencias/depósitos a las cuentas habilitadas para tal efecto

         Cuentas habilitadas para realizar pagos:

·        Banco Continental

Cta. Cte.: 010055090005

·        Banco Regional

Caja de ahorro: 1275569

         Razón Social:

Asociación Rural del Paraguay RUC: 80021518-4

 

Realizado el pago, remitir comprobante de depósito/transferencia a la dirección admsitrap@gmail.com , indicando establecimiento, propietario y concepto a que corresponde.